La octava reunión del Comité de Emergencias sobre el brote de enfermedad por el virus del Ebola (EVE) en África Occidental, convocada por la Directora General de la OMS en virtud del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) (2005), se celebró el 15 de diciembre de 2015 por teleconferencia, y por correo electrónico del 15 al 21 del mismo mes.
La función del Comité es asesorar al Director General, formulando opiniones y observaciones, respecto de si el brote continúa siendo una emergencia de salud pública de interés internacional (ESPII) y de si las recomendaciones temporales vigentes se deberían mantener, derogar o revisar o si es necesario publicar nuevas recomendaciones.
Representantes de Liberia y Sierra Leona expusieron oralmente y por escrito la situación epidemiológica actual, los exámenes a los viajeros que salen de los países afectados, la atención a los supervivientes y la capacidad de vigilancia y respuesta rápida.
El Comité tomó nota de los progresos realizados en la interrupción de las cadenas iniciales de transmisión del ebola: Guinea notificó su caso más reciente el 29 de octubre de 2015; Sierra Leona, el 8 de agosto de 2015, y Liberia, el 20 de marzo de 2015. No obstante el Comité recordó que, entre marzo y noviembre de 2015, se registraron al menos diez nuevos brotes como consecuencia de la reintroducción del virus del Ebola presente en pacientes convalecientes, de acuerdo con los resultados de los estudios epidemiológicos y los análisis de secuencias génicas realizados. El brote más reciente, en el que se notificaron tres casos, se registró los días 19 y 20 de noviembre de 2015 en Liberia.
El Comité, si bien reconoce que estos nuevos brotes se contuvieron rápidamente, considera que son problemas importantes para la salud pública y continúan requiriendo la acción coordinada de los actores internacionales para ayudar a los Estados afectados. El Comité subrayó nuevamente que, si bien se sabe que el virus se mantiene en el organismo de los supervivientes durante un periodo limitado, es necesario continuar investigando de qué modo persiste, durante cuánto tiempo y qué consecuencias acarrea. Por otro lado, el Comité destacó la importancia de informar a la población general de que el contacto regular con los supervivientes no es un riesgo para la salud.
El Comité continúa considerando gravemente preocupante que 34 países continúen aplicando restricciones inadecuadas con respecto a los viajes y el transporte, y subraya la necesidad de suspenderlas de forma inmediata debido a sus consecuencias negativas, sobre todo para el restablecimiento de los sistemas sanitarios.
El Comité consideró que, en esta fase crucial de transición en que se pasa de la interrupción de las cadenas de transmisión iniciales a la gestión de los nuevos brotes que, muy probablemente, surgen como consecuencia de la reintroducción del virus que permanece en el organismo de los supervivientes, a menudo en zonas densamente pobladas, el brote de EVE continúa siendo una ESPII. El Comité aconsejó a la Directora General que prorrogase las siguientes recomendaciones temporales:
Estados donde hay transmisión del virus del Ebola
1. Los Jefes de Estado deberían continuar informando a la población sobre la situación y las medidas adoptadas para hacer frente al brote, y explicar el papel fundamental de la comunidad para garantizar su control rápido.
2. Los casos de EVE y sus contactos no deberían hacer viajes internacionales, a no ser en el contexto de una evacuación médica apropiada. Para reducir al mínimo el riesgo de propagación internacional de la EVE:
- Los casos confirmados deberían ser aislados y tratados inmediatamente en centros terapéuticos específicos para la EVE, y se deberían impedir los viajes nacionales o internacionales hasta que se obtengan resultados negativos en dos pruebas diagnósticas específicas realizadas con un intervalo mínimo de 48 horas entre ellas.
- Los contactos (no se consideran como tales los profesionales sanitarios protegidos adecuadamente ni el personal de laboratorio que no haya tenido exposición sin protección) deben ser examinados cada día, y se les deben restringir los viajes dentro del país e impedir los viajes internacionales hasta 21 días después de la exposición.
- Los casos probables y posibles deberían aislarse inmediatamente, restringiéndose sus viajes en función de su clasificación como casos confirmados o contactos.
3. Los Estados deberían examinar en los aeropuertos y puertos marítimos internacionales y en los principales pasos fronterizos terrestres a todas las personas que salgan del país, a fin de detectar enfermedades febriles compatibles con una posible infección por el virus del Ebola. Dichos exámenes deberían consistir, como mínimo, en un cuestionario, el registro de la temperatura y, en caso de que la persona tenga fiebre, una evaluación del riesgo de que su causa sea la EVE. Se deben seguir realizando exámenes a la salida durante al menos 42 días después de que se obtengan resultados negativos en dos pruebas diagnósticas realizadas al último caso. Se insta a los países a continuar realizando exámenes hasta que se declare el fin la transmisión de la enfermedad en toda la subregión.
4. Se debería prohibir el traslado transfronterizo de restos mortales de casos posibles, probables o confirmados de EVE, salvo autorización específica otorgada caso por caso por las autoridades nacionales competentes del país de origen y el país de destino.
Todos los Estados
5. No se deben prohibir de forma generalizada el comercio y los viajes internacionales, ni restringir los viajes de los supervivientes a la EVE. Solo deberían aplicarse las restricciones definidas en estas recomendaciones con respecto a los viajes de los casos de EVE y sus contactos.
6. Teniendo en cuenta los continuos progresos realizados en la interrupción de la cadena de transmisión inicial y la falta de justificación para aplicar medidas adicionales excesivas o inadecuadas, los Estados deben suspender, a finales de diciembre de 2015 a más tardar, las medidas aplicadas a los viajes y el transporte que sean más restrictivas que estas recomendaciones temporales.
7. Los Estados deberían proporcionar a las personas que viajan a zonas afectadas o de alto riesgo la información pertinente sobre los riesgos, las medidas para minimizarlos y algunos consejos sobre cómo actuar en caso de posible exposición.
8. Los Estados deberían estar preparados para detectar, investigar y atender los casos de EVE, y ello debería incluir el acceso garantizado a laboratorios cualificados para el diagnóstico de la enfermedad y, cuando proceda, la gestión de los viajeros procedentes de zonas infectadas que lleguen a los aeropuertos internacionales o a los principales pasos fronterizos terrestres con enfermedades febriles de origen desconocido.
9. Si se confirma que está habiendo transmisión del virus del Ebola en ese Estado, se aplicarán las recomendaciones para los Estados donde hay transmisión del virus del Ebola a nivel nacional o subnacional, dependiendo del contexto epidemiológico y del riesgo.
En la exposición de sus opiniones y observaciones, el Comité señaló que solo puede aconsejar el mantenimiento o la finalización de las ESPII, y que el RSI no prevé un nivel de alerta «intermedio». Se informó al Comité de Emergencias de que el Comité de Examen del RSI para la respuesta al ebola está estudiando atentamente este asunto y está considerando la publicación de recomendaciones. El Comité de Emergencias expresó su apoyo sobre este punto. En el futuro, las recomendaciones temporales se podrán ampliar o modificar en el marco del RSI (2005), incluso si se declara la finalización de la ESPII.
Basándose en estas observaciones y en la información proporcionada, la Directora General dijo que el brote de ebola de 2014 y 2015 en estos países de África occidental continúan representando una ESPII. Además, la Directora General hizo suyo el dictamen del Comité y lo publicó como recomendaciones temporales en el marco el RSI.
La Directora General agradeció las opiniones expresadas por los miembros y asesores del Comité, destacó el apoyo del Comité de Emergencias a la labor del Comité de Examen del RSI y les pidió que revaluaran la situación relativa a la EVE dentro de tres meses.